Estándares Mínimos.
Conforme a lo establecido en la Resolución 0312 de 2019 los responsables de implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en las empresas mediante el formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de dicha resolución, tienen la obligación de llevar a cabo anualmente la autoevaluación de los estándares mínimos, siguiendo la tabla de valores y calificación correspondiente.
La correcta implementación y seguimiento de los Estándares Mínimos en el ámbito laboral es esencial para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. La Resolución 0312 de 2019 establece un marco normativo claro al respecto. A continuación, se detallan los pasos a seguir para reportar estos estándares al Ministerio de Trabajo:
Los encargados del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) deben llevar a cabo una autoevaluación anual de los Estándares Mínimos.
Utilizar la tabla de valores y calificación especificada en la Resolución 0312 para evaluar el cumplimiento de cada estándar.
Diligenciar el formulario de evaluación conforme al artículo 27 de la Resolución 0312 de 2019.
Asegurarse de proporcionar la información detallada y precisa sobre el estado de cada estándar.
Basándose en los resultados de la autoevaluación, desarrollar un plan de mejora que aborde las áreas identificadas como no conformes.
Este plan debe ser detallado y orientado a la corrección de deficiencias para fortalecer el SG-SST.
Presentar el plan de mejora a la empresa para su aprobación formal.
Incluir el plan aprobado en el Plan Anual del SG-SST de la organización.
Desarrollar el Plan Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Asegurarse de que este plan abarque las acciones específicas derivadas de la autoevaluación y del plan de mejora.
Implementar el Plan Anual del SG-SST a partir del 1° de enero del año siguiente.
Garantizar que todas las acciones planificadas se lleven a cabo de manera efectiva.
Mantener una documentación detallada de todo el proceso, incluyendo la autoevaluación, el formulario de evaluación, el plan de mejora y el Plan Anual del SG-SST.
Tener registros actualizados y disponibles para futuras auditorías.
Preparar la documentación requerida que respalde el cumplimiento de los Estándares Mínimos.
Seguir los canales y requisitos establecidos por el Ministerio de Trabajo para reportar la información, que pueden incluir plataformas en línea o presentación de informes físicos.
Siguiendo estos pasos de manera diligente, las empresas pueden cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución 0312 de 2019 y contribuir al fortalecimiento de la seguridad y salud en el entorno laboral.
Ingrese a la plataforma oficial para el reporte de Estándares Mínimos a través de cualquiera de las siguientes páginas web:
https://sgrl.mintrabajo.gov.co/Autenticacion/Autenticacion
Rellene de manera exhaustiva todos los espacios pertinentes en el formulario de la plataforma, asegurándose de proporcionar información precisa y actualizada sobre la empresa.
En caso de cualquier pregunta o inquietud relacionada con la autoevaluación de Estándares Mínimos, comuníquese con nosotros a través de nuestro correo electrónico o número de contacto. Estamos disponibles para brindar asistencia y aclarar cualquier duda que pueda surgir durante el proceso.
Para facilitar el proceso, consulte los instructivos y videos detallados disponibles en la página
https://sgrl.mintrabajo.gov.co/Autenticacion/Autenticacion
Estos recursos se encuentran bajo el botón “AYUDA AUDIOVISUAL” y proporcionan orientación paso a paso.
El no cumplimiento de la obligación de presentar los informes dentro de los plazos establecidos conlleva la imposición de multas y sanciones administrativas. Estas medidas punitivas pueden ser aplicadas por el Ministerio del Trabajo y pueden ser alguna de las siguientes:
En el acto administrativo de sanción debe estar señalo con precisión y claridad cada uno de los Estándares Mínimos objeto de investigación y sanción administrativa laboral; identificando claramente, las personas naturales o jurídicas objeto de investigación, cada estándar presuntamente incumplido y las sanciones o medidas que serían procedentes en cada caso. Art.36 Resolución 0312 de 2019.
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